Congreso aprobó proyecto de ley sobre desalinización.
ESTRATEGIA NACIONAL DE DESALINIZACIÓN
Estrategia aprobada por decreto supremo del MOP, suscrito por ocho ministerios, en base a una propuesta elaborada por la DGA. Revisión y actualización obligatoria cada seis años.
El objeto es establecer lineamientos para el desarrollo sostenible de la desalinización: adaptación al cambio climático, zonas aptas para extracción, protección de bahías sensibles y estimación de requerimientos hídricos.
CONCESIÓN Y DESTINACIÓN ESPECIAL DE DESALINIZACIÓN
Existirán concesiones especiales otorgadas por decreto supremo del Ministerio de Defensa, previo informe favorable de la DGA.
SERVIDUMBRES LEGALES DE DESALINIZACIÓN
El titular puede imponer servidumbres para construir y operar la planta desalinizadora, incluyendo la conducción de aguas desalinizadas o salinas, y obras de disposición final.
APORTE PARA EL CONSUMO HUMANO Y SANEAMIENTO (5%)
Para proyectos cuyo fin principal no sea el consumo humano o saneamiento, la DGA podrá requerir como condición de la concesión un aporte de hasta el 5% de la capacidad productiva para consumo humano y/o saneamiento.
INGRESO AL SEIA
Los proyectos de desalinización industrial y de extracción intensiva de agua de mar deberán ingresar obligatoriamente al SEIA (nuevo literal t), art. 10 Ley N°19.300).
FISCALIZACIÓN Y SANCIÓN
La DGA fiscaliza y sanciona el incumplimiento de condiciones de concesiones y normas técnicas de desalinización.
PROYECTOS EXISTENTES
Las concesiones previas a la vigencia de esta ley mantienen sus condiciones hasta su vencimiento, pero quedan sujetas al nuevo régimen de fiscalización, sanción y caducidad.